SUBVEN­CIONES PARA LAS CASAS Y CENTROS DE ARAGÓN EN EL EXTERIOR   EJERCICIO 2019.

Convocadas las subvenciones destinadas a las Casas y Centros de Aragón en el Exterior correspondientes al ejercicio 2019.

Podrán ser beneficiarias las subvenciones las Casas y Centros de Aragón, sus Federa­ciones y Confederaciones, siempre que estén legalmente constituidas e inscritas en el Re­gistro de Casas y Centros de Aragón.

El importe de las subvenciones asciende a una cuantía total máxima de 220.000 euros, con la siguiente distribu­ción:

  1. a) Para la realización de actividades o programas relacionados con Aragón y la atención de gastos de funcionamiento: 170.000 € (Capítulo IV).
  2. b) Para la atención a las necesidades asistenciales y, en particular, a las situaciones de ex­trema necesidad de sus personas asociadas: 10.000 € (Capítulo IV).
  3. c) Para la mejora de las infraestructuras y equipamientos de las Casas y Centros de Aragón: 40.000 € (Capítulo VII).

Los criterios de cuantificación están condicionados a la modalidad de la subvención solicitada asignándose una cantidad mínima a cada una de las Casas y Centros de Aragón que reúnan los requisitos para el otorgamiento de la subvención.

En la modalidad a) Actividades o programas relacionados con Aragón y la atención de gastos de funcionamiento. Se tendrán en cuenta, entre otros:

  1. a) El número de personas asociadas de la Casa o Centro de Aragón.
  2. b) Proyección del conocimiento de la realidad de Aragón allá donde están ubicadas las comunidades aragonesas.
  3. c) Actuaciones que supongan la colaboración e intercambio con otras Casas o Centros de Aragón.

En la modalidad b) La atención asistencial a situaciones de extrema necesidad de sus personas asociadas.  Se tendrán en cuenta, con sus puntualizaciones concretas.

  • La situación de necesidad manifestada por la Casa o Centro de Aragón a través del correspondiente.

En la modalidad c) La mejora de las infraestructuras y equipamientos de las Casas y Centros de Aragón.  Se tendrá en cuenta:

  1. a) La utilidad de las obras y equipamientos propuestos que favorezcan la rehabilitación y acondicionamiento de la sede social.
  2. b) La mejora de la accesibilidad y cumplimiento de la normativa vigente en materia de edifi­cación e instalaciones.
  3. c) La propiedad de la sede del Centro o Casa.

Las solicitudes se harán en el modelo oficial contenidos en la convocatoria con los anexos correspondientes y se dirigirán a la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón entregándose en cualquiera de las Unidades de Registro del Gobierno de Aragón o en los lugares señalados en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. (http://www.aragon.es),

Las solicitudes pertenecientes a Casas o Centros situados fuera del territorio español podrán presentarse a través de la embajada o consulado español correspondiente.  En este caso, se deberá adelantar a la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado, por correo electrónico, (comunidadesaragonesasdelexterior@aragon.es), una copia escaneada de la solicitud de subvención presentada, debidamente sellada.

Plazo de presentación: Hasta el 19 de julio de 2019.

Toda la información completa en la ORDEN CDS/630/2019, de 10 de junio, por la que se convocan subvenciones destina­das a las Casas y Centros de Aragón en el Exterior correspondientes al ejercicio 2019 publicadas en el BOA 114 de 14 de junio de 2019.

 http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1077345042727