CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA A ENTIDADES CIUDADANAS EN JUNTAS MUNICIPALES Y VECINALES


BENEFICIARIOS.

  • Asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
  • Que desarrollen su actividad en el territorio municipal de Zaragoza.
  • Que estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
  • Que hayan justificado las subvenciones de años anteriores, otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos desarrollados por entidades ciudadanas legalmente constituidas en el ámbito territorial de cada Junta Municipal o Vecinal, cuyas actividades se realicen íntegramente en el término municipal de Zaragoza, que complementen o refuercen los servicios que presta cada Junta en su ámbito territorial.

CUANTÍA.

La cantidad global máxima prevista para esta convocatoria asciende a 200.599 euros.
La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 100% del presupuesto del proyecto presentado con el límite de 6.000 euros, o, en su caso, el límite del presupuesto disponible. La cantidad mínima a conceder será de 300 euros.

PLAZO DE SOLICITUD.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ (publicadas en el BOPZ núm. 22 de 31 de mayo de 2018),  28 de junio, presentando las solicitudes en el modelo oficial de la presente convocatoria.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza o, preferentemente, en el Registro Auxiliar de la Junta Municipal o Vecinal del domicilio de la Entidad,  no admitiéndose  solicitudes enviadas por correo.

Información  e impresos
Juntas Municipales o vecinales correspondiente.