MEDIDAS ESPECIALES PARA LOS TRABAJADORES DE SERVICIOS SOCIALES EN RESIDENCIAS

 

 

 

 

 

Publicada en el BOA la resolución donde se dictan las medidas especiales con respecto a los trabajadores de centros de servicios sociales de naturaleza residencial.

Se contempla que:

  1. Que los trabajadores no vacunados deberán realizarse prueba diagnóstica por coronavirus en los siguientes supuestos:

Cuando regresen de permisos y vacaciones (cuando sean por un periodo superior a 15 días), con 72 horas de antelación, como máximo, a la incorporación al puesto de trabajo para el desarrollo de actuaciones conjuntas en centros residenciales de personas mayores y de personas con discapacidad

Como control complementario a la realización del test de autovaloración, recogido en el Protocolo de actuaciones entre el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales y el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, cada 72 horas.

  1. Se incluye en la obligación de realización de prueba diagnóstica de coronavirus a aquellos trabajadores no vacunados en las siguientes circunstancias:
  • Por decisión propia.
  • Por no haber completado la pauta de vacunación. En este caso, esta medida especial les será de aplicación hasta la completa administración de la segunda dosis.
  1. Se exceptúa de la realización de prueba diagnóstica de coronavirus a aquellos trabajadores que hubieran pasado la infección por COVID en los últimos 180 días.

Transcurrido ese periodo de tiempo y hasta en tanto se les administre la pauta completa de vacunación estarían obligados a la realización de prueba diagnóstica cada 72 horas.

Los trabajadores no vacunados podrán realizarse PCR en exudado nasofaríngeo, prueba rápida de detección de antígeno o test de autodiagnóstico de antígenos de COVID-19 y las notificaciones de casos confirmados seguirán los procedimientos ordinarios establecidos.

 

El lugar de realización de la prueba diagnóstica por coronavirus, para el trabajador no vacunado será en el centro o establecimiento sanitario autorizado o en el lugar del trabajo.

En el supuesto de que el trabajador no vacunado se realice la prueba diagnóstica fuera del lugar de trabajo deberá presentar, cada tres días, un informe o certificado acreditativo de su realización ante la persona responsable de la residencia, que deberá ser negativo para continuar prestando el servicio. Las entidades de acción social titulares o gestoras de centros de servicios sociales especializados de naturaleza residencial, llevarán un registro de control de la realización de pruebas diagnósticas y estará a disposición de la inspección sanitaria o de la inspección de servicios sociales cuando sea requerido.

Los trabajadores no vacunados están obligados a asumir el coste de la realización de la prueba diagnóstica cuando obedezca a una decisión propia. En el resto de los casos, corresponderá asumirlo a la entidad titular o gestora del centro de servicios sociales especializado de naturaleza residencial.

Información completa en: 

DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2021, del Secretario General Técnico de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se dictan instrucciones con motivo de las medidas espe­ciales en relación con los trabajadores de centros de servicios sociales de naturaleza residencial prevista en la disposición final primera de la Orden SAN/861/2021, de 22 de julio, por la que se modifica la Orden SAN/790/2021, de 8 de julio, de modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 aplicables en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Publicado en el BOA núm. 150 de 30/07/2021