CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS DE INTERÉS SOCIAL

Se aprueba la convocatoria de subvenciones con destino a entidades sin ánimo de lucro, para la financiación programas de interés social, que se desarrollen en territorio de la Comu­nidad Autónoma de Aragón, en el ejercicio 2019, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los destinatarios de las subvenciones son las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector de Acción Social, definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Espa­ñola y las entidades u organizaciones no gubernamentales.

Las entidades del Tercer Sector de Acción Social  son, según este artículo, aquellas organizaciones de carácter privado, surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades, que responden a criterios de solidaridad y de participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos civiles, así como de los derechos económicos, sociales o culturales de las personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social.  Son, en todo caso, entidades del Tercer Sector de Acción Social las asociaciones, las fundaciones, así como las federaciones o asociaciones que las integren, siempre que cumplan con lo previsto en esta Ley.  

No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades y organizaciones no gubernamentales las entidades de derecho público, los partidos políticos, las universidades, las sociedades civiles, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las organizaciones empresariales y los sindicatos y otras entidades con aná­logos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

Los proyectos subvencionables irán destinados a cubrir las necesidades especí­ficas de asistencia social destinadas a la atención de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, encua­dradas en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las modalidades a presentar son:

  1. a) Programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria.
  2. b) Programas de atención a las personas con necesidades educativas o de inserción la­boral.
  3. c) Proyectos de inversión destinados a financiar equipamientos y obras de adaptación y rehabilitación de centros y unidades de atención social y sociosanitaria, así como los para la ejecución de los programas de inversión objeto de financiación.

Las entidades definidas en la base anterior deberán reunir, entre otros, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

Estar legalmente constituidas al menos con tres años de antelación a la fecha de la presente convocatoria e inscritas en los registros administrativos que correspondan; carecer de fines de lucro; hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias o de S. Social; justificación de las ayudas económicas recibidas; disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines, así como de la experiencia operativa necesaria para ello.

Las peticiones de subvención se formalizarán mediante solicitud debidamente cumpli­mentada en todos sus apartados y firmada por quien ostente la representación legal de la Entidad, según modelo que figura en el anexo II de la Orden junto con la documentación exigida en la misma.  Se dirigirán a la Secretaría General Técnica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón y se presentarán en cualquiera de las Unidades de Registro del Gobierno de Aragón o en los lu­gares señalados en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

La valoración de las entidades solicitantes se realizará de acuerdo con los criterios de selección previstos en la orden de convocatoria y con la ponderación contenida en la misma.

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 10 de junio. 

Toda la información en el enlace de la ORDEN CDS/513/2019, de 15 de mayo de 2019.

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