CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE VOLUNTARIADO 2019
Estas subvenciones están convocadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón y están destinadas a la financiación de la realización de actividades y proyectos de coordinación de las plataformas o coordinadoras de entidades con voluntariado de ámbito autonómico.
Podrán ser subvencionables:
- a) La realización de programas, acciones formativas, jornadas y encuentros en materia de voluntariado.
- b) La realización de estudios e investigaciones en materia de voluntariado.
- c) La información, promoción, visibilidad y sensibilización en materia de voluntariado.
Beneficiarios: plataformas o coordinadoras de ámbito autonómico con los siguientes requisitos:
- TENER COMO FINALIDAD EXCLUSIVA la promoción y fomento del voluntariado en Aragón.
- QUE TENGAN COMO MÍNIMO 20 entidades de voluntariado asociadas.
- QUE SUS ENTIDADES ASOCIADAS TRABAJEN AL MENOS CINCO DE LOS ÁMBITOS determinados por la Ley 6/2018, de 28 de junio, de Voluntariado de Aragón (Art. 6, puntos 1 y 2).
Los ámbitos donde puede desarrollarse la acción voluntaria abarcan actuaciones en los ámbitos cívicos, políticos, culturales y económicos. Estos entre otros son:
- a) Social, que complementa la intervención social profesionalizada.
- b) Internacional de cooperación al desarrollo.
- c) Ambiental, con el objetivo de proteger, conocer, conservar, sensibilizar y mejorar el medio ambiente.
- d) Cultural, que se realiza con el objetivo de promover el derecho de acceso, la protección y promoción de la cultura.
- e) Deportivo, que se realiza con el objetivo de facilitar la práctica deportiva en cualesquiera de sus manifestaciones.
- f) Educativo, que se realiza con el objetivo de mejorar la educación de las personas para compensar las desigualdades.
- g) Sociosanitario, que se realiza con el objetivo de promover la salud y prevenir la enfermedad.
- h) Ocio y tiempo libre, que se realiza en el ámbito de la educación no formal, con el objetivo de promover valores.
- i) Comunitario, que se realiza con el objetivo de promover y articular la participación de personas voluntarias, de los vecinos y de la comunidad.
- j) Protección civil, que se realiza con el objetivo de colaborar en la gestión de las emergencias.
- k) Cualesquiera otros de naturaleza análoga que, ajustándose a lo dispuesto en esta ley, puedan contribuir a la satisfacción del interés general.
- Que esté asociada dentro de entidades representativas de voluntariado de ámbito estatal.
Criterios de valoración:
En la evaluación de las solicitudes de subvención de las entidades se tendrán en cuenta criterios cuantificados establecidos en función: del diseño del programa de coordinación presentado, valorando el número de entidades destinatarias de las acciones y localidades; los objetivos generales y específicos del programa y su impacto social; la adaptación a los planes y directrices sectoriales del Departamento de ciudadanía y Derechos Sociales y a las actuaciones de la propia Ley de voluntariado de Aragón; la justificación, la adecuación y acreditación del presupuesto de ingresos y gastos, valorándose su coherencia en la presentación del mismo; la calidad y la viabilidad técnica del programa, valorándose también la coherencia entre planificación, objetivos, contenidos, recursos personales y económicos.
Podrán ser subvencionables:
- Gastos de personal en caso de contratar trabajadores, de forma permanente o temporal, para la realización de actividades o programas subvencionables de la convocatoria.
- Gastos de adquisición de suministros, material de oficina ordinario no inventariable y ofimática.
- Gastos de alquiler de material directamente relacionado con la realización de las actividades programadas.
- Gastos corrientes de bienes y servicios derivados del local en el que se ubique la sede social de la plataforma.
- Gastos de edición, publicación y publicidad de folletos, revistas y otros medios escritos.
- Gastos de desplazamiento, dietas de manutención y alojamiento.
- Otros gastos directamente relacionados con las actividades
La cuantía total máxima a subvencionar será de 40.000 euros.
Presentación de solicitudes:
En el modelo oficial que figura como Anexo I en la convocatoria e irán dirigidas a la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón y se presentarán las Unidades de Registro del Gobierno de Aragón o en los lugares señalados en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Plazo:
10 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
Fecha final de presentación: 23 de julio de 2019.
Más información BASES REGULADORAS:
BASES REGULADORAS:
ORDEN CDS/793/2019, de 21 de junio, por la que se convocan subvenciones en materia de voluntariado correspondientes al ejercicio 2019.ORDEN CDS/793/2019, de 21 de junio, por la que se convocan subvenciones en materia de voluntariado correspondientes al ejercicio 2019 publicada el 9 de julio de 2019.
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