CONVOCADAS PLAZAS DE TERMALISMO IMSERSO TEMPORADA 2020

PODRÁN PARTICIPAR EN ESTE PROGRAMA:   

  1. Personas residentes en España

a) Pensionistas de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.

b) Pensionistas de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

c) Pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

d) Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

2. Las personas usuarias de plaza deben reunir además los siguientes requisitos:

a) Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).

b) Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos. Estos requisitos se acreditarán al IMSERSO en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona solicitante

c) Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

Las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, podrán participar, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.

También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo a) y b).
Asimismo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación

La concesión de plazas estará condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del IMSERSO, en los establecimientos termales.

PLAZOS

Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive:

  • Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el 10 de enero de 2020.
  • Para su inclusión en laLista de Espera de Plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias: hasta el día 14 de mayo de 2020.

Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre, ambos inclusive:

  • Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el día 15 de mayo de 2020.

PRESENTACION DE SOLICITUDES:

La solicitud podrá presentarse en las oficinas de asistencia en materia de registro del IMSERSO en concreto:

  • Por Correo:
  • En la Avda. de la Ilustración, s/n, con vuelta a c/ Ginzo de Limia 58, 28029 Madrid.
  • En el apartado de correos 61285, 28080 Madrid.
  • Presencial:
    • En los registros de los órganos que designen las comunidades autónomas que han asumido las funciones y los servicios del IMSERSO
    • En los registros electrónicos y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación:

Referencia normativa:

Resolución de 10 de diciembre de 2019, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo.

TODA LA INFORMACIÓN:

En página web IMSERSO. Tfno.  901 109 899