AYUDAS INDIVIDUALES PARA PERSONAS CON GRADO DE DISCAPACIDAD Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DEL DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES.

Aprobada la convocatoria de ayudas individuales dirigidas a personas con discapa­cidad y personas en situación de dependencia, para el año 2020. Estas ayudas se financiarán con cargo a los presupuestos del Instituto Aragonés de Servi­cios Sociales de 2020.

PODRÁN SOLICITAR ESTAS AYUDAS: Las personas que tengan Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33% y las que tengan Resolución de reconocimiento de valoración de dependencia con Grado II y III. 

      REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:

  • Tener Resolución de reconocimiento de un grado de discapacidad o dependencia con anterioridad a la finalización del plazo de la presentación de las solicitudes fijado en la convocatoria.
  • Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comu­nidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido ayudas de la misma naturaleza de entidades públicas o privadas.
  • No hallarse incurso en las causas de prohibición reguladas en el del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones
  • Cumplir las condiciones de acceso exigidas para cada tipo de ayuda.
  • Las ayudas solicitadas deberán estar relacionadas directamente con la patología que dio lugar al reconocimiento de la situación de discapacidad o dependencia reconocida del solicitante.
  • No haber obtenido estas ayudas para similar finalidad en los dos años anteriores, salvo aquellas destinadas a servicios diarios, mensuales o anuales.

TIPOLOGÍA DE LAS AYUDAS: Las ayudas nunca cubrirán el 100% del gasto efectuado. Estas ayudas con las limitaciones presupuestarias consiguientes son:

  1. AYUDAS DE TRANSPORTE PARA REHABILITACIÓN: Hasta 65 euros mensuales, para asistir a tratamiento de rehabilitación en el IASS y en Centros concertados por dicho Instituto.
  2. AYUDAS PARA MOVILIDAD: Adaptación de vehículo a motor: Hasta 2.200 euros. Siempre que la persona tenga reconocida la dificultad de movilidad según baremo establecido en la normativa de regulación anexo 3 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre o necesite adaptar el vehículo por discapacidad que afecte directamente a la conduc­ción.
  3. AYUDAS PARA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Y ADAPTACIÓN FUNCIONAL DE LA VI­VIENDA HABITUAL e individual de la persona en situación de discapacidad y/o depen­dencia, donde esté empadronada la persona:

1. Adaptación del baño o construcción de baño adaptado: Hasta 1.800 euros.

2. Adaptación de cocina: Hasta 1.500 euros.

3. Plataforma o silla salva-escaleras: Hasta 1.500 euros.

4. Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 euros.

5. Ensanche y cambio de puertas: Hasta 600 euros.

6. Colocación de puertas automáticas: Hasta 600 euros.

 D) AYUDAS TÉCNICAS Y TECNOLÓGICAS:

  1. Grúa con arnés: Hasta 700 euros.
  2. Somier articulado:  Hasta 350 euros.
  3. Colchón de aire antiescaras:  Hasta 100 euros.
  4. Ordenador personal: Hasta 300 euros. Para personas mayores de dieciséis años con deficiencias mo­trices o sensoriales o con problemas específicos de comunicación grave.
  5. Tableta:  Hasta 100 euros. Para personas con deficiencias motrices o sensoriales o con problemas es­pecíficos de comunicación grave.  Para personas menores de edad entre seis a dieciséis años.
  6. Procesador de palabras o comunicador:  Hasta 1.800 euros. Para personas con problemas específicos de comunicación grave.

E) AYUDAS PARA EL DESENVOLVIMIENTO PERSONAL Y LA POTENCIACIÓN DE LAS RELACIONES CON EL ENTORNO

  1. Adquisición de un par de gafas o de lentillas no desechables: Hasta 350 euros.
  2. Audífonos: Hasta 1.000 euros por unidad. A partir de los dieciséis años.

La persona, con discapacidad sensorial, solicitante de ayudas para adquisición de gafas y/o audífonos, deberá tener reconocido un grado de deficiencia auditiva y/o visual como mínimo del 25% valorado conforme a los baremos del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

  • Pañales: Hasta 500 euros anuales. Quedan excluidos los solicitantes que hayan obtenido ayuda para esta finalidad de entidades públicas o privadas, los menores de 3 años y las personas que reciban atención residencial   de forma permanente.

F) OTRAS PRESTACIONES, DIRIGIDAS A MEJORAR EL BIENESTAR FÍSICO, MATERIAL, PERSONAL Y SOCIAL de las personas con discapacidad y personas en situación de dependencia:

1. Silla adaptada para personas menores de edad con lesiones cerebrales hasta cum­plir los dieciocho años: Hasta 400 euros.

2. Mantenimiento de implante coclear (Baterías y cables): Hasta 150 euros.

DOCUMENTOS A PRESENTAR

  • Solicitud según modelo oficial del anexo de la convocatoria cumplimentada en todos sus apartados y firmada por la persona solicitante o su representante legal.   
  • Documentación acreditativa de los ingresos de cualquier naturaleza de la persona soli­citante, cónyuge y familiares comprendidos en el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que convivan en el mismo domicilio.
  • Factura original del gasto realizado. Facturas originales junto con los justificantes ban­carios de pago en el caso de operaciones por un importe igual o superior a 2.500 euros.
  • Los gastos de transporte para rehabilitación se justificarán mediante certificado del Centro que imparta los tratamientos.
  • Certificado de empadronamiento colectivo, incluida la persona solicitante, en el que conste el tiempo de residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Certificado que acredite el grado de discapacidad o grado de dependencia de la persona solicitante del organismo público competente de la ayuda.

LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES puede tramitarse:  presencial y online.

Presencialmente, en las Oficinas de Información y Registro con la documentación requerida cumplimentada y firmada, en el siguiente horario: De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 17:30 y los viernes de 9:00 a 14:00.

También se pueden presentar a través del Registro de la correspondiente Dirección Provincial del IASS, órgano instructor del procedimiento o telemáticamente desde el enlace de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/tramites, donde se hallan disponi­bles tanto los modelos normalizados como la aplicación informática para su presentación, indicando en el buscador de la sede el procedimiento número 1108, asignado a esta línea de subvención.

PLAZO: El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOA publicado el 28/09/20, es decir el 28 de octubre de 2020.

Tfno. Información  976 71 41 11

Enlace acceso convocatoria publicada en el BOA de 28 de septiembre de 2020   

Orden CDS/919/2020, de 9 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas individuales para personas con grado de discapacidad y personas en situación de dependencia, para 2020.