AYUDAS INDIVIDUALES PARA PERSONAS CON GRADO DE DISCAPACIDAD Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA DEL DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES.
Aprobada la convocatoria de ayudas individuales dirigidas a personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, para el año 2020. Estas ayudas se financiarán con cargo a los presupuestos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de 2020.
PODRÁN SOLICITAR ESTAS AYUDAS: Las personas que tengan Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33% y las que tengan Resolución de reconocimiento de valoración de dependencia con Grado II y III.
REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:
- Tener Resolución de reconocimiento de un grado de discapacidad o dependencia con anterioridad a la finalización del plazo de la presentación de las solicitudes fijado en la convocatoria.
- Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de presentación de la solicitud.
- No haber recibido ayudas de la misma naturaleza de entidades públicas o privadas.
- No hallarse incurso en las causas de prohibición reguladas en el del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Cumplir las condiciones de acceso exigidas para cada tipo de ayuda.
- Las ayudas solicitadas deberán estar relacionadas directamente con la patología que dio lugar al reconocimiento de la situación de discapacidad o dependencia reconocida del solicitante.
- No haber obtenido estas ayudas para similar finalidad en los dos años anteriores, salvo aquellas destinadas a servicios diarios, mensuales o anuales.
TIPOLOGÍA DE LAS AYUDAS: Las ayudas nunca cubrirán el 100% del gasto efectuado. Estas ayudas con las limitaciones presupuestarias consiguientes son:
- AYUDAS DE TRANSPORTE PARA REHABILITACIÓN: Hasta 65 euros mensuales, para asistir a tratamiento de rehabilitación en el IASS y en Centros concertados por dicho Instituto.
- AYUDAS PARA MOVILIDAD: Adaptación de vehículo a motor: Hasta 2.200 euros. Siempre que la persona tenga reconocida la dificultad de movilidad según baremo establecido en la normativa de regulación anexo 3 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre o necesite adaptar el vehículo por discapacidad que afecte directamente a la conducción.
- AYUDAS PARA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Y ADAPTACIÓN FUNCIONAL DE LA VIVIENDA HABITUAL e individual de la persona en situación de discapacidad y/o dependencia, donde esté empadronada la persona:
1. Adaptación del baño o construcción de baño adaptado: Hasta 1.800 euros.
2. Adaptación de cocina: Hasta 1.500 euros.
3. Plataforma o silla salva-escaleras: Hasta 1.500 euros.
4. Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 euros.
5. Ensanche y cambio de puertas: Hasta 600 euros.
6. Colocación de puertas automáticas: Hasta 600 euros.
D) AYUDAS TÉCNICAS Y TECNOLÓGICAS:
- Grúa con arnés: Hasta 700 euros.
- Somier articulado: Hasta 350 euros.
- Colchón de aire antiescaras: Hasta 100 euros.
- Ordenador personal: Hasta 300 euros. Para personas mayores de dieciséis años con deficiencias motrices o sensoriales o con problemas específicos de comunicación grave.
- Tableta: Hasta 100 euros. Para personas con deficiencias motrices o sensoriales o con problemas específicos de comunicación grave. Para personas menores de edad entre seis a dieciséis años.
- Procesador de palabras o comunicador: Hasta 1.800 euros. Para personas con problemas específicos de comunicación grave.
E) AYUDAS PARA EL DESENVOLVIMIENTO PERSONAL Y LA POTENCIACIÓN DE LAS RELACIONES CON EL ENTORNO
- Adquisición de un par de gafas o de lentillas no desechables: Hasta 350 euros.
- Audífonos: Hasta 1.000 euros por unidad. A partir de los dieciséis años.
La persona, con discapacidad sensorial, solicitante de ayudas para adquisición de gafas y/o audífonos, deberá tener reconocido un grado de deficiencia auditiva y/o visual como mínimo del 25% valorado conforme a los baremos del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
- Pañales: Hasta 500 euros anuales. Quedan excluidos los solicitantes que hayan obtenido ayuda para esta finalidad de entidades públicas o privadas, los menores de 3 años y las personas que reciban atención residencial de forma permanente.
F) OTRAS PRESTACIONES, DIRIGIDAS A MEJORAR EL BIENESTAR FÍSICO, MATERIAL, PERSONAL Y SOCIAL de las personas con discapacidad y personas en situación de dependencia:
1. Silla adaptada para personas menores de edad con lesiones cerebrales hasta cumplir los dieciocho años: Hasta 400 euros.
2. Mantenimiento de implante coclear (Baterías y cables): Hasta 150 euros.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
- Solicitud según modelo oficial del anexo de la convocatoria cumplimentada en todos sus apartados y firmada por la persona solicitante o su representante legal.
- Documentación acreditativa de los ingresos de cualquier naturaleza de la persona solicitante, cónyuge y familiares comprendidos en el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que convivan en el mismo domicilio.
- Factura original del gasto realizado. Facturas originales junto con los justificantes bancarios de pago en el caso de operaciones por un importe igual o superior a 2.500 euros.
- Los gastos de transporte para rehabilitación se justificarán mediante certificado del Centro que imparta los tratamientos.
- Certificado de empadronamiento colectivo, incluida la persona solicitante, en el que conste el tiempo de residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Certificado que acredite el grado de discapacidad o grado de dependencia de la persona solicitante del organismo público competente de la ayuda.
LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES puede tramitarse: presencial y online.
Presencialmente, en las Oficinas de Información y Registro con la documentación requerida cumplimentada y firmada, en el siguiente horario: De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 17:30 y los viernes de 9:00 a 14:00.
También se pueden presentar a través del Registro de la correspondiente Dirección Provincial del IASS, órgano instructor del procedimiento o telemáticamente desde el enlace de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/tramites, donde se hallan disponibles tanto los modelos normalizados como la aplicación informática para su presentación, indicando en el buscador de la sede el procedimiento número 1108, asignado a esta línea de subvención.
PLAZO: El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOA publicado el 28/09/20, es decir el 28 de octubre de 2020.
Tfno. Información 976 71 41 11
Enlace acceso convocatoria publicada en el BOA de 28 de septiembre de 2020