AYUDAS DEL PROGRAMA BONO TURÍSTICO ARAGONÉS

Junto con las medidas sanitarias, para responder ante la situación creada por la pan­demia, el Gobierno de Aragón ha puesto en marcha la Estrategia Aragonesa para la Recupe­ración Social y Económica. En esta estrategia se recogen diversas medidas políticas, econó­micas, sociales y ambientales de ámbito regional. En este sentido, el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial ha elaborado un Plan de choque del sector turístico de Aragón para combatir la crisis generada por el COVID-19, al objeto de trazar las líneas de apoyo al sector turístico aragonés como sector estratégico dentro de la economía aragonesa, que se ha completado con un Plan de Rescate al sector turístico.

Con el bono turístico aragonés se pretenden incentivar de una forma dinámica los viajes turísticos por Aragón, ayudando a las personas a sufragar los gastos derivados de esos viajes, tales como pernoctaciones y manutención en alojamientos, actividades de turismo activo o visitas a parques temáticos prestados en la Comunidad Autónoma de Aragón dentro del correspondiente paquete turístico contratado en las agencias de viaje de Aragón.

CARACTERÍSTICAS DE ESTAS AYUDAS:

  • EL BONO TURÍSTICO ARAGONÉS ES UNA AYUDA DIRECTA que otorga el Gobierno de Aragón QUE CUBRE el 40% del importe de la factura presentada referida a las actividades subvencionables incluidas en el paquete de viaje contratado y dis­frutado, y hasta un máximo de trescientos euros.
  • PODRÁ SOLICITARLO CUALQUIER PERSONA MAYOR DE EDAD con residencia legal y estable y continuada en España que se inscriban en el programa.
  • SE FORMALIZARÁ A TRAVÉS DE LAS AGENCIAS DE VIAJES ADHERIDAS AL PROGRAMA y se concederá por orden de formalización de reservas.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA:  Según el período elegido, se establecen los si­guientes:

a) PARA EL PERÍODO QUE SE INICIA EL 15 DE JUNIO, CONCLUYE EL 31 DE JULIO DE 2021 a las 23:59 horas.

b) PARA EL PERÍODO QUE SE INICIA EL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021 Y CONCLUYE EL 20 DE DICIEMBRE DE 2021 a las 23:59 horas, el plazo para la inscripción en el programa se iniciará a las 10:00 horas del 25 de agosto. (siempre que no se haya agotado el crédito al término del primer periodo).

IMPORTANTE: el Bono debe disfrutarse necesariamente en el mismo periodo en el que se adquiere.

SERVICIOS SUBVENCIONABLES DE ESTA AYUDA

  • PERNOCTACIÓN EN ALOJAMIENTO TURÍSTICO, con estancia mínima de dos noches consecu­tivas, debiendo corresponder a alguna de las siguientes modalidades: establecimientos hoteleros, casas rurales, apartamentos turís­ticos, campings, refugios y albergues. Se excluye la estancia en viviendas de uso turís­tico.
  • MANUTENCIÓN en el alojamiento, siendo ésta como máximo la media pensión (con exclusión de bebidas alcohólicas).
  • SERVICIOS DE SALUD Y BIENESTAR prestados en el alojamiento.
  • EXCURSIONES Y SERVICIOS DEPORTIVOS prestados a través del alojamiento.
  • APARCAMIENTO y otros servicios de pago adicionales que ofrezca el alojamiento.
  • ENTRADAS a parques temáticos y estaciones de esquí (se excluyen balnearios y centros termales).
  • ACTIVIDADES DE TURISMO ACTIVO: actividades de recreo, deportivas y de aventura prestadas por empresas de turismo activo.

EL BONO TURÍSTICO SE ADQUIERE DE FORMA GRATUITA a través de un enlace donde aparece un formulario donde se registran los datos que una vez confirmado se recibirá un email con el código promocional o número de lista de espera (en el caso que los códigos estén agotados) No hay que aportar ninguna documentación.

Recibido el código, hay un plazo de 7 días para acudir o contactar con una de las agencias de viajes adheridas al programa y formalizar la reserva ya que el Bono caducará si no se formaliza la reserva en ese plazo.

Al formalizar la reserva con la agencia de viajes se debe entregar firmada una DECLARACIÓN RESPONSABLE, integrada en el formulario de solicitud de la ayuda, por la que se otorga la representación para presentar la solicitud de ayuda a la agencia con la que se realiza la reserva y se declara ser mayor de edad, tener residencia legal y estable en España y cumplir los requisitos establecidos en la Orden de bases reguladoras y convocatoria.

La agencia de viajes firmará a su vez la solicitud y la subirá a la plataforma junto con el resto de documentación justificativa del viaje. A partir de ese momento la reserva queda confirmada y la persona beneficiaria del bono puede disfrutar del paquete turístico contratado.

EL IMPORTE DE LA AYUDA CONCEDIDA SERÁ DEDUCIDO POR LA AGENCIA DE VIAJES A LA PERSONA BENEFICIARIA en la factura correspondiente a los servicios objeto de esta. Una vez pres­tado el servicio, y presentada la justificación correspondiente.  A LA AGENCIA SE LE HA DE PAGAR EL 60% DE LOS SERVICIOS SUBVENCIONABLES.

De todo lo que no sea subvencionable se abonará el 100%.

La inscripción de la persona física que desee inscri­birse en el programa se realizará de forma telemática, a través la herramienta informática y enlazada desde la página web https://www.turismodearagon.com/, dentro del apartado específico del programa del bono turístico aragonés

Enlaces inscripción:

ADQUIERE AQUÍ TU BONO

Formulario de solicitud y declaración responsable

Listado de agencias de viajes adheridas

MAS INFORMACIÓN:

CENTRO DE ATENCIÓN AL USUARIO (CAU)

  • Atención a personas beneficiarias
    Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 h.
    Teléfono: 976 71 69 99
    Email: informacionearse@aragon.es
  • Atención a agencias de viajes
    Horario: de lunes a viernes de 10 a 20 h.
    Teléfono de contacto: 976 24 86 86
    Emailbonoturisticoaragones@tragsa.es

Las bases completas de las ayudas están contenidas en:

ORDEN ICD/663/2021, de 9 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones del programa del bono turístico ara­gonés para incentivar la demanda de servicios turísticos internos, debilitada a causa de la situación de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19.

BOA núm. 127 de 15 de junio de 2021

https://www.turismodearagon.com/wp-content/uploads/2021/06/ORDEN-ICD-663-2021-Bonos-turisticos.pdf