ACUERDO POR EL QUE SE PREVÉN MEDIDAS DE SALUD PÚBLICA FRENTE A COVID-19 PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS


El  Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en su sesión de 2 de diciembre de 2020, ante la inminente celebración de la Navidad,  donde se produce un incremento importante de desplazamientos entre territorios tanto nacionales como internacionales, de familiares y amistades que se reúnen en este momento del año,  ha  previsto la necesidad de seguir observando  el cumplimiento de las medidas básicas de higiene y prevención  previstas, ya que según datos disponibles en España, los principales ámbitos de transmisión de los brotes, la mayoría de éstos, se producen en el ámbito social, sobre todo en encuentros de familiares y amistades no convivientes y, siendo principalmente en lugares cerrados, como puede ser en domicilios o espacios interiores, en muchos casos mal ventilados, donde se habla con un  volumen alto y no se hace buen uso de la mascarilla o se realizan actividades donde es incompatible el uso continuo de la misma, como comer o beber,  factores todos ellos, que incrementan el riesgo de propagación del SARS-CoV-2.

Acuerdos tomados ante esta situación:

Primero.- Limitación de la entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificado que se produzcan por alguno de los motivos previstos, como desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen.

Segundo. – Encuentros con familiares y personas allegadas

Las comunidades y ciudades autónomas preverán que los encuentros con familiares o con personas allegadas para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 queden condicionados a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.

En todo caso, se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia y que no se superen los dos grupos de convivencia, teniendo especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad para COVID-19.

Tercero. – Limitación de la movilidad nocturna

En las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre al 1 de enero de 2021, las comunidades y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno , pudiendo determinar que la hora de comienzo de esta limitación comience, a más tardar a las 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales. 

Cuarto.- Eventos navideños

Entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades y ciudades autónomas, en ejercicio de sus propias competencias, no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público o que provoquen aglomeraciones, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”.

QUINTO.- RECOMENDACIONES PARA EL PERIODO ENTRE EL 23 DE DICIEMBRE DE 2020 Y EL 6 DE ENERO DE 2021: 

  1. Reforzar los mensajes sobre todas las medidas de prevención, incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre, mascarilla (uso de mascarilla todo el tiempo posible), manos (lavado de manos frecuente), metros (mantenimiento de la distancia física), maximizar ventilación y actividades al aire libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible según la temperatura), minimizar número de contactos (preferiblemente siempre la misma burbuja) y “Me quedo en casa si síntomas, diagnóstico o contacto”.
  2. Regreso a casa de quienes cursan estudios fuera del lugar de residencia familiar

Se recomienda a quienes cursen estudios fuera del lugar de residencia familiar y regresen a casa para las vacaciones, que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes.   Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

  1. Restauración y hostelería

Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de las restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En particular, en el interior, se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica.

Se recomienda reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.

  1. Vía pública

En coordinación con las entidades locales, se recomienda favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre, así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público. La ingesta de alimentos o bebidas en la calle no será posible, salvo en los espacios acondicionados para ello.

  1. Eventos deportivos

No se podrán celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual.

  1. Eventos culturales

Las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente.

Cuando sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.

  1. Celebraciones religiosas

Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas encada comunidad y ciudad autónoma.

Se recomienda evitar los cantos, recomendando en su lugar el uso de música pregrabada, evitar muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.  Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.

  1. Comercio

Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.

  1. Medidas en relación a los centros residenciales socio-sanitarios

Se recomienda que, en aquellos casos en que las personas residentes de centros residenciales socio-sanitarios realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, ésta quede restringida a un único domicilio, manteniendo una burbuja de convivencia estable aconsejándose que a su regreso se realice una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.

  1. Medidas en relación al transporte

Se recomienda a las administraciones competentes aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla, recomendándose, si es posible, realizar los desplazamientos en transporte al aire libre.

  1. Coordinación

Se recomienda establecer una coordinación efectiva con la Federación Española de Municipios y Provincias y las Federaciones Regionales de Municipios para informar de la situación epidemiológica, así como para acordar medidas que se implementen en los municipios y que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navideñas diferentes por parte de la ciudadanía,

Desde la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón han participado en el encuentro interministerial y han respaldado el acuerdo presentado por el Ministerio de Sanidad y ha apoyado la necesidad de establecer líneas de acción coordinadas en todo el territorio nacional, si bien la situación epidemiológica puede obligar a adaptar estas medidas a las restricciones establecidas por cada territorio.

Documento completo

https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/sanidad14/Documents/2020/02122020_AcuerdoVacaciones.pdf