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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE ACCIÓN SOCIAL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA 2019
Está abierto el plazo de convocatoria de subvenciones a proyectos de intervención social propuestos por entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, que se desarrollen en la ciudad de zaragoza.
Su finalidad: FOMENTAR LA ACTIVIDAD DEL TERCER SECTOR
OBJETIVOS DE LA CONVOCATORIA:
- Cubrir necesidades sociales de las/os ciudadanas/os recogidas en los ámbitos o líneas subvencionables de la convocatoria, coordinadamente con el Tercer Sector Social de la ciudad.
- Favorecer la inclusión social de personas con especiales dificultades.
- Promover recursos de intervención social que complementen la cobertura y los planes o itinerarios de los Servicios Sociales de titularidad municipal.
- Promover los servicios y las estructuras de funcionamiento de la iniciativa social sin ánimo de lucro o Tercer Sector Social de la ciudad.
- Fomentar la corresponsabilidad con el Tercer Sector Social de la ciudad.
- Promover la innovación en metodologías, enfoques y prácticas en materia de prestación de Servicios Sociales.
- Impulsar y garantiza la igualdad entre mujeres y hombres.
Los ámbitos o líneas específicas subvencionables de la convocatoria irán dirigidos directamente a proporcionar prestaciones, servicios o actividades según lo marcado y desarrollado en sus bases:
- Prevención en Familia, Infancia y Adolescencia.
- Animación comunitaria y participación.
- Alojamiento temporal y apoyo social para situaciones de urgencia o personas sin hogar
- Prevención e Inclusión social (igualdad, minorías, mayores, discapacidad, laboral, adicciones, salud, reclusos)
- Atención psicosocial (cuidadores, violencia de género)
- De apoyo a la inclusión social .
- De autonomía de las personas ( Dependencia / Discapacidad).
La cuantía a conceder por cada entidad solicitante no será inferior a 600 euros ni superior a 70.000 euros. Dada la realidad a las que va dirigida la convocatoria, por su máximo interés, según lo especifica el art. 34.10 de la Ley 5/ 2015 de subvenciones de Aragón, la entidad podrá tener una financiación del 100%, y además percibir ayudas públicas de cualquier Administración hasta completar el 100% del presupuesto del proyecto.
Los proyectos que sean seleccionados y aprobados a través de la presente convocatoria se llevarán dentro de la temporalidad de la convocatoria, del año 2019 y se procederá a su seguimiento, sistematización y evaluación, por parte de los Servicios Sociales Municipales,
Podrán ser beneficiarias:
- Las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
- Que desarrollen su actividad efectiva en Zaragoza, acreditando como mínimo de 1 año y disponer de sede social en esta ciudad.
- Estar inscrito en el censo de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza, en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- Las/os beneficiarias/os directos de las actividades gestionadas por la entidad y subvencionadas deberán residir en la ciudad de Zaragoza.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, la Administraciones correspondientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social.
Las entidades a las que se dirige esta convocatoria sólo podrán presentar un solo proyecto, especificar claramente el importe total del mismo con objetivos cuantificables y relacionados con una necesidad social comprendida en el ámbito y en las líneas de la convocatoria.
Para la valoración de los proyectos presentados se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Respecto a la entidad que presenta el proyecto (hasta 20 puntos)
- Capacidad técnica, económica y organizativa de la entidad.
- Cooperación y colaboración con el entorno.
- Transparencia y responsabilidad social
Respecto al proyecto presentado (hasta 80 puntos):
- Calidad técnica del Proyecto
- Prioridad atribuida a los diferentes ámbitos o líneas subvencionables por su
complementariedad con la intervención de los servicios municipales prestados directamente o fomentados a través de convenios nominativos.
- Personas beneficiarias / destinatarias.
- Necesidades del Territorio.
- La mejora e Innovación.
El órgano competente para resolver la convocatoria, será la Consejera de Presidencia y
Derechos Sociales
La solicitud se realizará en impreso oficial aportando la documentación exigida según los modelos que figuran en los anexos de la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y del Sector Público.
INFORMACIÓN COMPLETA EN SU NORMATIVA:
- Bases de Subvenciones en materia de Acción Social, 2019
- Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP. Finaliza el 28 de junio de 2019
INFORMACIÓN Y REGISTRO
Oficina de Registro Plaza del Pilar Pza. del Pilar, 18 -Tfno. 976 721234 – 010
